Sres. Clientes/Transportistas
Presente
Se les informa que por razones de seguridad, los requisitos necesarios para poder ingresar a Planta de Despacho de YPF, son los siguientes:
Transportista:
En la Póliza debe cubrir las responsabilidades por daños a bienes de terceros y lesiones y/o muertes de terceros transportados y no transportados.
Asimismo, deberá cubrir las responsabilidades emergente del transporte de carga peligrosa, incluyendo daños al medio ambiente.
El límite mínimo por EVENTO para las coberturas mencionadas anteriormente (responsabilidad civil y carga peligrosa) será de $ 10.000.000,00.
"El límite de responsabilidad civil de ésta Cía. asciende a la suma de $ 10.000.000,00 cuando la carga sea notoriamente muy inflamable, explosiva y/o corrosiva, y en la medida en que por acción de esa carga resultaren agravados los siniestros cubiertos, incluyendo los daños de polución y contaminación."
"En caso que un tercero reclame directa o indirectamente a Planta de Despacho por un siniestro indemnizable por la presente cobertura, Planta de Despacho será considerado como asegurado para ésta póliza."
"En caso que el camión transportador ocasione daños a las instalaciones de Planta de Despacho o a su personal, Planta de Despacho será considerado un tercero para la presente póliza."
Chofer:
Debe cubrir al personal de la Empresa Transportista.
Se deberá dar cumplimento a lo estipulado en la Ley Nº 24557 (Ley de Riesgos del Trabajo) o a las modificaciones que en el futuro pudieran afectar a la misma.
Para mantener indemne a Planta de Despacho deberá incluirse la siguiente cláusula:
ART renuncia en forma expresa a iniciar toda acción de repetición contra Planta de Despacho, sus funcionarios, empleados u obreros, bien sea con fundamento en el art. Nº 39.5 de la Ley Nº 24557 o en cualquier otra norma jurídica, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a otorgar o abonar al personal dependiente o ex/dependiente de (Empresa Transportista) alcanzados por la cobertura de la presente póliza, por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales sufridos o contraídos por el hecho o en ocasión del trabajo o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar del trabajo.
La falta de algunos de estos requisitos, imposibilitará su ingreso a Planta.
Nota: En caso de no poder presentar los originales arriba descriptos se aceptará “extraordinariamente” copias certificadas ante Escribano Público.
En cuanto al pago de cuotas de las pólizas de seguros, se otorga como máximo 5 días corridos, la presentación del comprobante de pago Original. En caso de no cumplir con ello se negará el ingreso a la Planta.